El Gobierno Federal a través de la Secretaría de Energía aclaró que es falso que el Estado pueda expropiar plantas de energía o cualquier otro activo del sector hidrocarburos mediante la figura de Ocupación Temporal, en respuesta a la nota publicada por el periódico Reforma el 17 de octubre de 2025.
📄📌 Tarjeta informativa:
En relación con la nota “Podrán expropiar plantas de energía”, la @SENER_mx aclara que es totalmente falso. pic.twitter.com/iza14sJFhA
— SENER México (@SENER_mx) October 17, 2025
La Presidencia destacó que esta figura no es nueva, sino que existe desde la Ley de Hidrocarburos de 2014, y se trata de una medida excepcional destinada a garantizar la seguridad nacional, la continuidad de los servicios y la protección de las personas usuarias en situaciones como guerras, desastres naturales o cualquier evento que impida a los permisionarios operar sus instalaciones.
La medida no implica pérdida de propiedad ni transferencia definitiva de activos al Estado, por lo que no constituye una expropiación. Además, el reglamento actual asegura certeza jurídica y establece que la ocupación temporal será un proceso legal, compensado, motivado y limitado en el tiempo.
Los particulares tienen derecho a solicitar que termine la ocupación temporal en cuanto desaparezca la causa que la originó, de manera inmediata.
En conclusión, el Gobierno reafirma que la figura de Ocupación Temporal es una medida excepcional prevista desde siempre en el sector energético y no permite expropiaciones.


