El Servicio de Administración Tributaria (SAT) negó que las recientes reformas al Código Fiscal de la Federación tengan fines de espionaje digital hacia los usuarios de plataformas como Netflix o Tinder.
La modificación, que agrega el artículo 30-B, establece que las plataformas deben permitir acceso en línea y en tiempo real solo a la información fiscal necesaria para verificar el cumplimiento del IVA, con el objetivo de hacer más eficiente la recaudación y combatir la evasión fiscal.
El SAT enfatizó que no se podrá acceder a datos personales de los usuarios ni vigilar su actividad, y reafirmó su compromiso con los derechos de libertad y privacidad consagrados en la Constitución.
La reforma fue aprobada el 16 de octubre por la Cámara de Diputados, y entrará en vigor a partir del 1 de abril de 2026.


