Ciudad de México a 25 enero, 2026, 5: 26 hora del centro.
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Gobierno regula cancelación inmediata y cobros automáticos de plataformas digitales

El gobierno de la Presidenta Claudia Sheinbaum impulsó modificaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) para fortalecer los derechos de las personas usuarias de servicios digitales, particularmente aquellos que realizan cobros automáticos recurrentes, como las plataformas de streaming.

De acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se adicionan las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la ley, las cuales entrarán en vigor el sábado 13 de diciembre. Estas disposiciones buscan garantizar mayor transparencia, control y protección para las y los consumidores en entornos digitales.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) explicó que entre los cambios más relevantes se encuentra la obligación de los proveedores de permitir la cancelación inmediata de servicios, suscripciones o membresías, sin imponer obstáculos ni contravenir lo establecido en los contratos.

Asimismo, la ley establece que las empresas deberán informar de manera clara y visible si el servicio incluye cobros automáticos recurrentes, detallando su periodicidad, monto y fecha de cargo. Estos cobros solo podrán realizarse con el consentimiento expreso e informado del consumidor.

En caso de renovaciones automáticas, los proveedores estarán obligados a notificar al menos con cinco días de anticipación y permitir la cancelación sin penalización alguna.

La Profeco precisó que estas disposiciones también aplican a proveedores de televisión restringida, telefonía fija y móvil, así como servicios de internet, ampliando el alcance de la protección a millones de personas usuarias en el país.

Adicionalmente, las modificaciones a la LFPC establecen que las empresas de servicios digitales deberán respetar la decisión del consumidor respecto a la cantidad y calidad del servicio, así como su consentimiento para recibir publicidad o avisos comerciales.

Plataformas como Netflix, HBO, ViX, entre otras, deberán además evitar prácticas de venta o publicidad engañosas y proporcionar información clara y suficiente, especialmente cuando se dirijan a grupos vulnerables como niñas, niños, personas adultas mayores o personas enfermas. También será obligatorio advertir cuando el contenido o la información no sea apta para dichos sectores.

Finalmente, la Profeco recordó que, en caso de incumplimiento, las personas consumidoras pueden presentar quejas o denuncias a través de los canales oficiales de la dependencia, con el objetivo de hacer valer sus derechos.

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