Ciudad de México a 21 mayo, 2025, 18: 51 hora del centro.
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Reformas constitucionales para fortalecer la propiedad

La reciente reforma al artículo 3º de la Constitución de la Ciudad de México ha desatado una serie de reacciones y comentarios que, lamentablemente, pretenden distorsionar el verdadero alcance y propósito de esta modificación. Por ello, es necesario esclarecer los beneficios de esta reforma, denunciar la desinformación que algunos comentaristas están propagando y ofrecer argumentos sólidos para descalificar tales afirmaciones.

Beneficios de la Reforma Anteriormente el artículo 3º de la Constitución decía que la Ciudad de México asumía como principio el respeto a la propiedad privada. Ahora establece que “asume como principios el respeto a la propiedad en los mismos términos del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Con ello, se logran los siguientes beneficios: 1. Protección integral. La reforma asegura que todas las formas de propiedad— privada, pública y social— sean igualmente reconocidas y protegidas por la Constitución de la CDMX. Esto no solo garantiza un marco jurídico más inclusivo y equitativo, sino que también previene posibles interpretaciones sesgadas que podrían favorecer intereses particulares sobre el bien público. Hay que recordar que la propiedad social, expresada en la superficie de ejidos y comunidades, comprende más de 56 mil hectáreas, equivalentes al 37% de toda la superficie del territorio capitalino. 2. Certeza jurídica. Al alinear el texto constitucional local con la Carta Magna federal, se respeta la propiedad en todas sus formas se refuerza y se fortalece la coherencia legislativa, lo que brinda mayor seguridad y certeza jurídica a los habitantes de la Ciudad de México. Esta armonización es fundamental para evitar conflictos interpretativos que puedan surgir en el futuro. 3. Desarrollo sostenible. La reforma establece las bases para un desarrollo urbano más justo y equilibrado, priorizando el interés colectivo sobre los intereses privados, sin abusos ni desplazamientos. Esto es especialmente relevante en un contexto de creciente urbanización y necesidades sociales en la capital del país.

Desinformación en el debate público A pesar de los claros beneficios de esta reforma, algunos comentaristas han difundido información tergiversada sobre su contenido y alcance, en el sentido de 2 que la reforma podría facilitar expropiaciones masivas o que constituye una amenaza para la propiedad privada. Estas afirmaciones son falsas y sólo buscan atemorizar a la población y desacreditar al gobierno de la CDMX. Desmontando la desinformación Para descalificar las falacias difundidas, es necesario recurrir a hechos y argumentos sólidos: 1. No hay elementos nuevos sobre expropiación. La reforma en cuestión no agrega ningún elemento nuevo que afecte las disposiciones vigentes sobre expropiación.

El texto se limita a referir lo que ya está establecido en el artículo 27 de la Constitución federal, que contempla expropiaciones solo por causa de utilidad pública y mediante indemnización. 2. Respaldo unánime. La reforma fue aprobada por unanimidad en el Congreso de la CDMX, con el apoyo de legisladores de todos los partidos políticos, incluyendo aquellos que históricamente han defendido la propiedad privada. Por ejemplo, el diputado del PAN, Diego Orlando Garrido, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas, afirmó que con esta reforma “se crea una plena correspondencia entre los ordenamientos federal y local” y, respecto de la propiedad social, sostuvo que “es necesario evitar contradicciones, confusiones o interpretaciones ajenas al sentido de prevalencia que establece nuestro máximo ordenamiento entre lo público, lo social y lo privado”. 3. Protección multidimensional.

La modificación del artículo 3º no reduce la protección a la propiedad privada; al contrario, la enriquece al incluir explícitamente la propiedad pública y social. Esto es esencial para garantizar un equilibrio entre los diferentes intereses que nutren a una sociedad compleja y diversa como la de la Ciudad de México. En suma, podemos afirmar que la reforma al artículo 3º de la Constitución de la CDMX propicia una mayor justicia social y un desarrollo urbano más inclusivo. La Ciudad lo requiere y la ciudadanía merece una discusión basada en la verdad y en el fortalecimiento de las instituciones democráticas.

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