En 2018, después del histórico triunfo de morena en las urnas de todo el país, la LXIII legislatura de Sinaloa se pintó de guinda para hacer del poder legislativo un espacio de cambio, de transformación y de auténtica representación popular.
Previendo esto, los últimos días de la LXII legislatura, con mayoría priista y panista impulsó la modificación el artículo 4 Bis A, fracción I de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, ésta atentaba contra los derechos de las mujeres y personas gestantes ya que para “salvaguardar la vida” se le otorgó estatus de persona al feto: “el estado tutela el derecho a la vida. Desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley correspondiente hasta su muerte, respetando en todo momento la dignidad de las personas”.
Conscientes de ello y comprometidos con la vida, salud, libertad y autonomía de las mujeres el Grupo Parlamentario de Morena, a iniciativa de la entonces coordinadora Graciela Domínguez Nava, promovió una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por primera vez en la historia de Sinaloa el tema de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres se llevó al recinto legislativo.
Finalmente, el 9 de septiembre de 2021 la SCJN declaró inconstitucional dicha reforma y en consecuencia, el congreso deberá iniciar el proceso para modificar el Código Penal del Estado el cual establece hasta 3 años de cárcel para las mujeres que se practiquen un aborto y para sus acompañantes en el proceso; también deberán hacer modificaciones en la Ley de Salud para que el estado garantice la gratuidad y el acompañamiento del Estado.
Es importante destacar que esta resolución tuvo impacto en otras entidades federativas ya que ningún Congreso Local estará facultado para legislar en esta materia.
“La defensa de la autonomía y privacidad de las mujeres debe ser incondicional, de acuerdo con su plan de vida y de presumir que su decisión es racional, deliberada y autónoma” Ministra Norma Lucía Piña Hernández