El Congreso de la Ciudad de México aprobó reformas a la Ley de Movilidad para regular el uso de bicicletas eléctricas, scooters y bicimotos, creando la categoría legal de Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE).
La iniciativa, avalada en la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, establece que estos vehículos deberán contar con licencia específica, placas, tarjeta de circulación y sus conductores tendrán que usar casco y chaleco reflectante. Además, se prohíbe su circulación en banquetas, ciclovías y carriles exclusivos del transporte público.
Los VEMEPE deberán tener acelerador independiente, al menos dos ruedas y alcanzar una velocidad mayor a 25 km/h. Se clasifican en dos tipos:
- Tipo A, con un peso menor a 35 kilogramos.
- Tipo B, de 35 a 350 kilogramos.
La Secretaría de Movilidad (SEMOVI) tendrá un plazo de 360 días naturales para actualizar el Reglamento de Tránsito y precisar los requisitos técnicos, licencias y sanciones correspondientes.
Con esta medida, las autoridades capitalinas buscan garantizar seguridad vial y homologar la normatividad ante el creciente uso de vehículos eléctricos de micromovilidad en la capital.