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¿A quién pertenece la Constitución?

Este año conmemoramos el 109 aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en un panorama en el que es fácil perder de vista las luchas sociales que tuvieron que acontecer para llegar al punto en que nos encontramos. Los derechos humanos, la democracia, la división de poderes, el estado de derecho, entre muchos otros, son producto de las referidas luchas, que en la actualidad forman parte de nuestra normalidad y, por tanto, damos por sentada su garantía.

La Constitución de cualquier país debe establecer cómo se origina el poder, quién lo ejerce, qué límites tiene, así como los derechos de las personas frente a la autoridad; siendo esta la norma de mayor jerarquía, la ley suprema de todo estado democrático.

Es necesario recordar brevemente algunos de los antecedentes del constitucionalismo mexicano como lo fue la Constitución de Cádiz de 1812, que influyó en las ideas liberales de igualdad jurídica en la Nueva España; la Constitución de Apatzingán de 1814, que proclamó la soberanía del pueblo y la división de poderes, aunque fue hasta 1824 cuando tras la lucha de independencia en la Constitución se estableció una república federal, el sistema representativo y la división de poderes.

Sin embargo, fue la Constitución de 1857 con la que se consolidó el Estado liberal mexicano, la soberanía popular, la división de poderes, la supremacía constitucional, el estado laico y la protección de las garantías individuales a través del juicio de amparo; mientras que, como producto de la revolución mexicana y derivado de las teorías francesas que influenciaron sustancialmente al constitucionalismo mexicano, así como los movimientos sociales de aquella época, es que en la Constitución de 1917 se incorporaron por primera vez derechos sociales tales como la educación, el trabajo y la tierra.

Es claro que los antecedentes constitucionales que se han suscitado en nuestro país se han visto envueltos y muchas veces originados en luchas sociales, siendo la suma de todos esos esfuerzos lo que ha dado como resultado el establecimiento de bases sólidas para la construcción del sistema democrático que actualmente nos rige, en el que impera la soberanía nacional que reside esencial y originariamente en el pueblo, instituyéndose para su beneficio con respeto a los valores y principios respecto de los cuales se procura su defensa y garantía.

Por otro lado, es preciso señalar que en el constitucionalismo moderno mexicano, en los últimos años se han incorporaron aspectos sustantivos en beneficio de la sociedad, tales como el derecho a la atención médica y a medicamentos gratuitos (2019); derecho a la pensión de personas adultas mayores, derechos para personas con discapacidad permanente (2020); derechos de las niñas y niños a recibir becas y apoyos (2020); derecho a la igualdad sustantiva (2019) entre muchas otras prerrogativas que deben ser garantizadas por el Estado en beneficio del pueblo.

Nuestra Constitución es la pieza principal del sistema jurídico de nuestro Estado, la misma no puede ser ajena a los cambios de la sociedad, por lo que se debe procurar adaptarla a las necesidades y demandas de la sociedad, pues esta pertenece a todas las personas que habitamos en este país.

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