Ciudad de México a 11 febrero, 2026, 6: 09 hora del centro.
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Violencia vicaria: una ley que no traicione a las víctimas

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La violencia vicaria es una de las formas más crueles de la violencia de género, no sólo hiere a una mujer, hiere lo que más ama. Es el uso de sus hijes o vínculos más íntimos como armas para destruirla emocionalmente, para castigarla, por haber denunciado, por haber ejercido su libertad. Por eso, cuando esta figura jurídica fue incorporada a las leyes mexicanas fue un acto de reconocimiento histórico, el Estado por fin nombraba una violencia que durante décadas había sido invisible. Pero nombrar no basta. La justicia no sólo se mide por lo que sanciona, sino por cómo entiende aquello que pretende castigar.

Lo ocurrido recientemente en Coahuila, donde una mujer fue vinculada a proceso por el delito de violencia vicaria, revela una grieta profunda entre la letra de la ley y su sentido, no se trata de un tecnicismo jurídico se trata de algo más delicado, cuando una figura creada para proteger a las mujeres se usa para criminalizarlas, la justicia se convierte en un nuevo agente de violencia.

Por eso fue tan importante la reacción de la Secretaría de las Mujeres, Citlalli Hernández Mora quien no sólo calificó el proceso como un error, lo nombró por lo que es: una distorsión del espíritu de la ley. Y fue más allá. Anunció que el gobierno federal buscará homologar el delito de violencia vicaria en todo el país para impedir que interpretaciones locales, fragmentadas o carentes de perspectiva de género vuelvan a producir injusticias como ésta.

Su postura es clara y valiente, la violencia vicaria es una violencia de género, y como tal tiene un sujeto específico: las mujeres. No porque los hombres no puedan sufrir dolor en contextos familiares, sino porque esta forma particular de violencia responde a una estructura histórica de dominación, control y castigo ejercida mayoritariamente por hombres contra mujeres que intentan romper con relaciones violentas. Quitarle esa dimensión es vaciarla de sentido.

El caso de Coahuila es, en realidad, una advertencia. Nos muestra lo que ocurre cuando una ley avanza más rápido que la comprensión institucional de aquello que regula. Tipificar un delito sin capacitar a jueces, fiscales y policías en su naturaleza profunda es abrir la puerta a errores que no son neutros, casi siempre recaen sobre quienes menos poder tienen.

La violencia vicaria no es un conflicto de custodia, no es una disputa entre dos personas “en igualdad de condiciones”, es una forma de violencia estructural que se inscribe en el mismo continuum que la violencia física, sexual, psicológica y económica y todas las violencias que colocan en condiciones de desigualdad a las mujeres, además, este tipo de violencia utiliza a las infancias como instrumentos de control, y por eso es tan devastadora. Cuando una mujer pierde el contacto con sus hijas o hijos como castigo por haber denunciado, por haber huido, por haber sobrevivido, el daño es doble: hacia ella y hacia ellos.

Lo que hizo la Secretaría de las Mujeres al intervenir en este caso no fue una intromisión indebida en la autonomía judicial, fue un acto de responsabilidad democrática. Cuando una ley se aplica de manera contraria a los derechos humanos y a la perspectiva de género que la originó, el Estado tiene la obligación de corregir el rumbo. Homologar la legislación sobre violencia vicaria no es un capricho, es una necesidad mínima para garantizar que una mujer no sea protegida en un estado y criminalizada en otro por la misma conducta. Es una exigencia básica de igualdad ante la ley.

Porque cuando una ley pensada para proteger a las mujeres se vuelve contra ellas, no es sólo el sistema el que se equivoca, se quiebra el principio fundamental de la democracia, que la justicia ampare a quienes más la necesitan.

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