La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inoperantes o infundados los argumentos presentados por la oposición para anular diversas casillas en la elección presidencial. Entre los argumentos desestimados se encontraban la instalación de casillas en lugares no aprobados por el Instituto Nacional Electoral (INE) y la recepción de votos en fechas distintas a las establecidas.
El Partido de la Revolución Democrática (PRD) perdió su última oportunidad de mantener su registro, luego de que el TEPJF desestimara 240 impugnaciones presentadas por la oposición. Estas impugnaciones buscaban anular casillas de la elección presidencial.
Los Magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez propusieron anular 29 y 37 casillas, respectivamente, debido a que ciudadanos ajenos a la sección electoral fungieron como funcionarios de las mesas. Sin embargo, sus propuestas fueron rechazadas por el bloque mayoritario de magistrados, compuesto por Mónica Soto, Felipe de la Mata, Felipe Fuentes y la magistrada temporal Claudia Valle.
Por unanimidad, la Sala Superior declaró inoperantes o infundados el resto de los argumentos de la oposición, que incluían la instalación de casillas en lugares no aprobados, la recepción de votos en fechas distintas, la participación de personas no autorizadas en el proceso, errores en el conteo de votos, y permitir a ciudadanos votar sin credencial o sin estar en la lista nominal de electores.
El magistrado Felipe Fuentes explicó que los argumentos fueron considerados infundados e inoperantes porque no se aportaron pruebas suficientes para demostrar que las irregularidades afectaron los resultados de la elección.











