Urge sancionar violencia política contra mujeres. Oaxaca, primer lugar por incidencia

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  • Por primera vez en el estado, la Fiscalía vinculó a proceso a los probables agresores, es apenas la segunda vez que se judicializa un caso así en todo el país 

 

En Oaxaca urge sancionar la violencia política por razón de género para que este tipo de conductas queden erradicadas por completo de nuestro estado.

 

A nivel nacional, Oaxaca es el estado con mayor incidencia. De acuerdo con el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPSVPG), registró 266 personas, con corte al 10 de agosto de 2022. La entidad con más sanciones fue Oaxaca con 78, mientras que Colima, Durango, Zacatecas, Sinaloa, Aguascalientes y Tlaxcala no registraron sanciones.

 

De los 266 reportes, hay 239 personas involucradas y de éstas 200 son hombres y 39 mujeres. En el caso concreto de las mujeres, 15 son de Oaxaca y de éstas, dos se han registrado como reincidentes en ejercer la violencia dos y cuatro veces, respectivamente.

 

Asimismo, los datos revelan que para 13 personas que ejercieron Violencia Política de Género, se estableció la pérdida de modo honesto de vivir, en tanto estén en el registro ; de éstos, nueve son de Oaxaca.

 

 

Sobre el tema, el Instituto Nacional Electoral (INE) aclara que la Violencia Política por razón de Género refiere a toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida en la esfera pública o privada , que tenga por objeto o resultado anular, limitar o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos o electorales de una o varias mujeres.

 

Como  un hecho sin precedentes en Oaxaca, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, dependiente de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) notificó la vinculación a proceso de tres autoridades del municipio de San Andrés Zautla, Etla, en los Valles Centrales de Oaxaca, por ejercer violencia política contra la ex tesorera de la agencia San Isidro de ese municipio.

 

El caso sienta un precedente importante, toda vez que el estado de Oaxaca, según el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género (RNPSVPG) señala que hasta el pasado 10 de agosto, es el estado con más sanciones por este delito, con un total de 78.

 

Al respecto, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) precisa que cuando la persona ganadora de una elección haya ejercido violencia política contra una o varias mujeres, la autoridad correspondiente podría determinar la nulidad de la elección, así como indemnización para la  víctima, su restitución en el cargo, una disculpa pública y medidas de no repetición.

 

En el hecho particular de San Andrés Zautla, el expediente detalla que la entonces tesorera pidió al presidente y a los responsables de la ampliación de la red de agua potable de la localidad que le presentaran el proyecto de rehabilitación, pero éstos se negaron en diversas ocasiones.

 

Fue en una asamblea celebrada un mes después, cuando la población pidió el detalle de los gastos de las obras, mismos que ante la negativa de los mencionados, no pudo explicar. Por lo anterior, fue acusada de mala administración y destituida.

 

Tras lo sucedido, la exfuncionaria municipal acudió ante el tribunal electoral, que generó la carpeta JDCI/25/2020, obteniendo sentencia favorable.

 

El Código Penal del Estado de Oaxaca establece en su artículo 401 Bis que se impondrá prisión de dos a seis años y una multa de siete a 15 mil pesos a quien realice por sí o a través de terceros, cualquier acción u omisión que causen daño físico, psicológico, económico o sexual en contra de una o varias mujeres y/o de su familia para restringir, suspender o impedir el ejercicio de sus derechos político- electorales.

 

 

La Reforma para sancionar la violencia política por razón de género

 

En mayo de 2020, el Pleno de la LIXV Legislatura del Congreso de Oaxaca, aprobó con la mayoría de votos de los asistentes a la Sesión Extraordinaria de este jueves, un paquete de reformas para garantizar la participación de las mujeres en procesos electorales, y en su caso, sancionar actos de violencia política por razón de género.

Al aprobar reformas y adiciones al Artículo 114 Bis de la Constitución Política del Estado de Oaxaca, y al Artículo 9 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, quedó establecida como causal para decretar la nulidad de una elección, cuando se acredite violencia política en razón de género, siempre y cuando el candidato que cometió el acto haya resultado ganador.

En este mismo tenor, la representación popular reformó la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de regular hechos y conductas que, tradicionalmente, no fueron contempladas o sancionadas por la Ley.

También, otorga facultades adicionales a la Fiscalía General del Estado (FGEO), al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO) y al Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO), con el objetivo de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política en razón de género.

 

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