El Juzgado Segundo de Distrito en el estado de Colima ha otorgado una suspensión en contra de la publicación del decreto que propone reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente relacionadas con la Reforma Judicial.
Esta decisión se tomó en cumplimiento de una resolución dictada por un tribunal colegiado en Colima, que consideró fundado el recurso de amparo y la suspensión solicitada por la Fundación Iris. Los órganos jurisdiccionales determinaron que los agravios presentados eran «parcialmente fundados» y, por lo tanto, ordenaron que las autoridades responsables no materialicen los actos reclamados.
En concreto, se ha ordenado que no se lleve a cabo la discusión y aprobación de la iniciativa de reforma a la Constitución en las Cámaras de Diputados y Senadores, ni en las legislaturas de los estados de la República Mexicana y de la Ciudad de México, en lo que respecta al Poder Judicial. Además, en caso de que el procedimiento de reforma constitucional impugnado sea aprobado, el decreto no deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Las autoridades responsables tienen un plazo de 24 horas para cumplir con la suspensión provisional, bajo apercibimiento de enfrentar penas de tres a nueve años de prisión, multas de cincuenta a quinientos días, y destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar cargos públicos, según lo especificado en el artículo 262 fracción III de la Ley de Amparo.
El tribunal colegiado, compuesto por los magistrados Joel Fernando Tinajero Jiménez, Martín Ángel Rubio Padilla y José David Cisneros, destacó que esta suspensión protege los principios constitucionales de progresividad, retroactividad, acceso a la justicia, autonomía e independencia judicial, así como la división de poderes y la república federal.












